Yo les he dado tu palabra; y el mundo los aborreció, porque no son del
mundo, como tampoco yo soy del mundo. No ruego que los quites del mundo, sino
que los guardes del mal. (Juan 17:14, 15).
El cristiano tiene deberes en el mundo, y Dios lo hace responsable de
su fiel cumplimiento. Para ello no necesita confinarse dentro de muros
monásticos, ni evitar toda asociación con los mundanos. Es cierto que sus
principios serán expuestos a las pruebas más severas, y que sufrirá dolor por
lo que sus ojos vean y sus oídos escuchen, pero no debe familiarizarse con
estas visiones y sonidos ni aprender a amarlas.
Por la asociación con el mundo nos inclinamos a Aceptar el espíritu del mundo y a Adoptar sus costumbres, gustos y preferencias. No Obstante, La Orden Es: "Salid De En Medio De Ellos, Y Apartaos, Dice El Señor, Y No Toquéis Lo Inmundo; Y Yo Os Recibiré. Y Seré A Vosotros Por Padre, Y Vosotros Me Seréis Hijos E Hijas" (2 Cor. 6: 17, 18).
NUNCA PERMITAN que otros digan que los mundanos y los seguidores de
Cristo son iguales en sus gustos y prácticas, porque Dios ha trazado una línea
entre su pueblo y los demás. Esta línea de demarcación es visible, profunda y
clara; no está tan fusionada con el mundo que no se la pueda distinguir.
"Conoce el Señor a los que son suyos" (2 Tim. 2: 19). "Por sus
frutos los conoceréis" (Mat. 7:16).
Sólo velando en oración y mediante el ejercicio de una fe viviente, el
cristiano puede conservar su integridad en medio de las tentaciones que Satanás
arroja sobre él.
"Esta es la victoria que ha vencido al mundo, nuestra fe" (1
Juan 5:4). Hablen Constantemente A Su
Corazón El Lenguaje De La Fe: "Jesús dijo que me recibiría, y yo creo en
su palabra. Lo alabaré y glorificaré su nombre". Satanás estará cerca, a
nuestro lado, para sugerirnos que no sintamos gozo alguno. Contestémosle:
"Esta es la victoria que ha vencido al mundo, nuestra fe'. Todo me hace
feliz porque soy un hijo de Dios. Confío en Jesús. La ley de Dios está en mi
corazón; en ninguno de mis pasos resbalaré". Signs of the Times, 15 de
mayo de 1884. 363 RP/EGW/MHP
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